miércoles, 12 de febrero de 2014

Sanciones ejemplares por fumar en lugares públicos en 1779.

Un documento curioso de Toledo se fecha el 2 de diciembre de 1779. Es el borrador del Bando publicado por orden del corregidor Pedro León García Jiménez prohibiendo que se fumara en el teatro de la ciudad y que se armaran alborotos durante las actuaciones.

La transcripción del texto que aparece en la parte inferior es la siguiente: 
 
El Señor Correjidor de esta Ymperial // Ciudad manda que ninguna persona // de qualquier Estado, grado, Calidad o con // dición que sea no pueda tomar tabaco de // [h]oja, ni enzender Yesca en esta Casa en // público, ni en secreto antes de empezar // la comedia, ni durante ella, pena // por la primera vez de quince días de // cárzel y diez Ducados de Multa; por // la segunda Doblada; y por la terzera // quatro años de Destierro. Y que assí // mismo durante dicha Comedia, ni en // sus Yntermedios, no Ympidan el que // los cómicos hagan las [h]Abilidades que // lleben prevenidas para el día ni pidan // otras, ni den Gritos, ni Vozes bajo los mis// mos Apercivimientos. Mándase publi// car para que llegue a Noticia de todos. // Se publicó este en 2 de diziembre de 1779, a las 4 de la tarde. //
 
Como se puede apreciar, las normas de prohibición de fumar en sitios públicos es algo más antiguo de lo que nos pensamos. Llama la atención la sanción a todo aquel que lo hiciera, la primera vez, quince días de cárcel y diez ducados de multa, la segunda, el doble y la tercera, cuatro años de destierro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario